No todo accidente de trabajo genera automáticamente el derecho a una indemnización. Esta afirmación, que puede parecer contradictoria con el sentido común, ha sido recientemente respaldada por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (Sala de lo Social) en su sentencia de 6 de noviembre de 2025, recurso 281/2025.
Desde Grupo Legal Toledo consideramos que este pronunciamiento aporta claridad y seguridad jurídica a las empresas que cumplen con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, y refuerza la importancia de una prevención real, activa y documentada.
El caso: caída al descender de la cabina tras cargar el camión en la góndola
Los hechos se produjeron cuando un trabajador, tras una avería, asistió con su camión a ser remolcado mediante una góndola. Una vez el vehículo ya estaba colocado sobre la plataforma, el trabajador accedió a la cabina para recoger unas llaves. Al descender, perdió el equilibrio y cayó de espaldas desde una altura de dos metros, sufriendo lesiones de gravedad.
El trabajador demandó a la empresa solicitando una indemnización por los daños sufridos, alegando responsabilidad empresarial derivada del accidente de trabajo.
La clave de la sentencia: prevención acreditada y protocolo incumplido
El Tribunal desestimó la demanda del trabajador. En el Fundamento de Derecho Tercero, la Sala razona que la empresa había cumplido sus deberes preventivos y que el accidente se debió al incumplimiento por parte del trabajador de una norma de seguridad clara y conocida.
Se destaca que:
- Existía una evaluación de riesgos laborales vigente, en la que se contemplaba expresamente la prohibición de acceder a la cabina del camión una vez el vehículo estuviera subido sobre la góndola o plataforma.
- El trabajador había sido formado e informado sobre los riesgos y las instrucciones de seguridad, constando su firma y la entrega de documentación preventiva.
- La Inspección de Trabajo concluyó que no hubo infracción por parte de la empresa y que esta había cumplido con sus obligaciones de prevención.
La sentencia recuerda que no basta con invocar el accidente como hecho determinante. La carga de la prueba exige valorar la concurrencia de culpa empresarial, lo que no sucede si el accidente se produce como consecuencia de una actuación contraria a instrucciones claras y acreditadas.
Tres elementos que absuelven a la empresa
Desde el punto de vista práctico, esta resolución confirma que una empresa puede quedar exonerada de responsabilidad civil derivada de un accidente de trabajo si puede acreditar:
- Evaluación de riesgos adecuada, que identifique el riesgo concreto y proponga medidas preventivas eficaces.
- Formación e instrucciones claras, con constancia documental de su entrega al trabajador.
- Control del cumplimiento, incluyendo registros de entrega y uso de equipos de protección individual (EPIs), protocolos internos y seguimiento preventivo.
Cuando concurren estos tres elementos, y el trabajador actúa de forma contraria a lo indicado, no existe responsabilidad empresarial por el daño sufrido.
Nuestro punto de vista
Esta sentencia es especialmente relevante porque desvincula la mera existencia del accidente de la obligación de indemnizar, en línea con la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo. Se trata de un fallo que refuerza el equilibrio entre la protección del trabajador y el respeto al principio de culpabilidad.
En nuestra experiencia como despacho especializado en derecho laboral, constatamos a diario que muchas empresas cumplen rigurosamente con sus obligaciones preventivas. Sin embargo, si no se documenta adecuadamente la evaluación, la formación y el control, estas acciones pueden perder valor jurídico en caso de litigio.
Por ello, desde Grupo Legal Toledo insistimos en que la prevención no es solo una obligación legal, sino la mejor defensa de la empresa. Y debe ser preventiva, pero también demostrable.
¿Cómo podemos ayudarte?
Si eres empresa y quieres revisar tus protocolos de seguridad o tu documentación preventiva, o si necesitas asesoramiento en un procedimiento por accidente laboral, podemos ayudarte.
Y si eres trabajador o trabajadora y has sufrido un accidente en tu puesto de trabajo, analizaremos tu caso con rigor para valorar si existe responsabilidad por parte de la empresa.
Contacta con nosotros. En Grupo Legal Toledo estamos para proteger tus derechos y los de tu organización.